Convocatorias

Última modificación 15/03/2022

Proyectos de Desarrollo Tecnológico en Salud

DATOS DE CONTACTO
(Sólo para personal IdISSC)

  • xx de xx de 2021. El plazo de presentación de solicitudes a través de la FIBHCSC finalizará el xx de xx de 2022.

  • FINANCIADOR

    Instituto de Salud Carlos III

  • FINANCIACIÓN

    No especificada.

Ámbito: Nacionales
Tipo: Públicas
Área: Proyectos de I+D+i
Entidad Financiadora: Instituto de Salud Carlos III

Características:

El objeto de esta actuación es financiar proyectos de carácter aplicado para incrementar el grado de madurez de su desarrollo tecnológico en alguna de las siguientes modalidades (NOVEDAD):

  • Proyectos de Pruebas de Concepto (PdC) (dos años): serán susceptibles de financiación aquellos proyectos enfocados a la validación de ideas, de calidad contrastada, que tengan por objetivo alcanzar un valor de 3 o 4 en términos de madurez tecnológica en relación a la escala TRL (del inglés TechnologyReadinessLevel), es decir, persigan el desarrollo y validación de dicha idea a nivel de laboratorio.
  • Proyectos de Validación tecnológica de prototipos (VTP) (tres años): serán susceptibles de financiación aquellos proyectos, de calidad contrastada, que partiendo de una idea previamente validada persigan alcanzar un valor de 5 o 6 en términos de madurez tecnológica en relación a la escala TRL, es decir, persigan desarrollar y validar un prototipo en un entorno relevante.

Podrán presentarse las siguientes modalidades de proyectos:

  • Proyectos individuales: presentados por una entidad solicitante y a ejecutar por un equipo de investigación liderado por uno o por dos investigadores principales responsables.
  • Proyectos coordinados: constituidos por dos o más subproyectos, que deberán justificar adecuadamente en la memoria la necesidad de dicha coordinación para abordar los objetivos propuestos, así como los beneficios esperados de la misma. Cada subproyecto tendrá su equipo y un investigador principal. Uno de los investigadores principales actuará como coordinador y será el responsable del desarrollo del proyecto.

Será obligatoria la participación en el proyecto de empresas u otras entidades públicas o privadas interesadas en el desarrollo y los resultados de los mismos, sin que dicha participación suponga ningún tipo de ayuda directa a las mismas con cargo a las subvenciones que pudieran ser concedidas en esta convocatoria.

Requisitos:

Requisitos de los Solicitantes:
Las siguientes personas jurídicas, siempre que realicen o gestionen actividades de I+D+I en Biomedicina o en Ciencias y Tecnologías de la Salud:

  • Los institutos de investigación sanitaria acreditados por orden ministerial (IIS).
  • Las entidades e instituciones sanitarias públicas con actividad clínico asistencial.
  • Las entidades e instituciones sanitarias públicas sin licencia de actividad sanitaria, pero con actividad de I+D+I demostrable en el área de conocimiento de Salud Pública.
  • Las entidades e instituciones sanitarias privadas, con licencia de actividad sanitaria, vinculadas o concertadas al SNS.
  • Los OPI (Organismos Públicos de Investigación).
  • Las universidades públicas y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D.
  • Otros centros públicos de I+D, de investigación y de difusión de conocimientos y de infraestructuras de investigación, con personalidad jurídica propia vinculados o dependientes de la Administración General del Estado o del resto de las Administraciones públicas y sus organismos.
  • Las entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen y/o gestionen actividades de I+D, generen conocimiento científico o tecnológico o faciliten su aplicación y transferencia.
  • Los consorcios públicos y los consorcios públicos estatales con actividad en I+D+I en Biomedicina o en Ciencias y Tecnologías de la Salud.
  • Otras unidades de la Administración sanitaria.

Requisitos del IP:

  • Pertenecer a la plantilla de la entidad solicitante, de las citadas anteriormente, y tener formalizada con ella su vinculación funcionarial, estatutaria o laboral, como mínimo durante todo el periodo comprendido entre el plazo de presentación de solicitudes y la resolución definitiva de concesión.
  • No estar realizando un programa de FSE, ni un contrato de formación predoctoral o de perfeccionamiento postdoctoral de cualquier naturaleza (Contratos Sara Borrell, Juan de la Cierva, o contratos de programas de las Comunidades Autónomas), ni un Contrato Río Hortega.

Requisitos de los investigadores
Los restantes miembros del equipo de investigación deben:

  • Tener formalizada su vinculación funcionarial, estatutaria, laboral o de formación remunerada con cualquiera de las entidades que pueden ser solicitantes de esta actuación, como mínimo, durante todo el periodo comprendido entre el plazo para la presentación de solicitudes y el momento de la resolución de concesión.
  • La expectativa de nombramiento o contratación por parte de la entidad beneficiaria con motivo de haber superado un procedimiento público de selección de personal en concurrencia competitiva se considerará vinculación suficiente.
  • En casos excepcionales, cuando su contribución se considere necesaria para la viabilidad del proyecto, los equipos de investigación podrán incorporar personal cuya vinculación contractual sea con entidades sin domicilio social en España (siendo entidades elegibles en la convocatoria, indicadas en el apartado anterior) y que podrán suponer hasta un máximo del 25% del equipo investigador.

Criterios de evaluación:

A. Valoración del equipo de investigación: hasta 30 puntos.

  • Resultados previos obtenidos y grado de protección a nivel industrial e intelectual de los mismos en relación a la propuesta presentada. Hasta 15 puntos.
  • Currículum del investigador principal y del equipo de investigación en relación con la temática del proyecto (proyectos, publicaciones, patentes y contratos/convenios con terceros). Hasta 10 puntos.
  • Participación en programas internacionales de I+D+i. Hasta 5 puntos.

B. Valoración del proyecto: hasta 70 puntos.

  • Calidad: Novedad, originalidad e innovación de la propuesta. Adecuación metodológica a los objetivos propuestos. Existencia de un plan de desarrollo adaptado al nivel de madurez tecnológica a alcanzar. Existencia de una estrategia para la protección industrial e intelectual de los resultados generados. Existencia de un análisis de mercado para su transferencia a la práctica clínica asistencial. Hasta 30 puntos.
  • Viabilidad: Adecuación en la composición del equipo a la propuesta; plan de trabajo, distribución de tareas y cronograma; infraestructuras disponibles y capacidad de gestión; adecuación del presupuesto solicitado a los objetivos del proyecto; plan de gestión de riesgos. Hasta 15 puntos.
  • Relevancia, aplicabilidad y capacidad de trasferencia de resultados: Relevancia clínica de la propuesta. Impacto en salud (incremento en efectividad diagnostica o terapéutica, aumento de la calidad de las nuevas prestaciones). Impacto económico (optimización en la utilización de recursos, mayor eficiencia). Impacto social (consideración de las prioridades sociales, plan de difusión de resultados a la sociedad). Existencia de un programa de trabajo con la/s empresa/s que firmen el Documento de Interés Empresarial para su transferencia. Hasta 15 puntos.
  • Adecuación a los objetivos y finalidad de la convocatoria: Complementariedad con otras actuaciones de I+D+I nacionales, internacionales o autonómicas. Capacidad para generar sinergias y fortalecer las capacidades científico-técnicas de los centros asistenciales del SNS y con el tejido empresarial. Hasta 10 puntos

Régimen de incompatibilidades:

  • Los investigadores principales y los colaboradores no podrán figurar en más de una solicitud de esta actuación.
  • En relación a esta actuación, independientemente de la modalidad del proyecto solicitado, ni el investigador principal ni los colaboradores podrán figurar en los equipos de proyectos financiados en ejecución en la modalidad de proyectos de desarrollo tecnológico en salud de las convocatorias AES 2021.
  • Los investigadores principales y los colaboradores de esta actuación no podrán figurar en una solicitud de proyectos de investigación clínica independiente.
  • Ni el investigador principal ni los colaboradores de esta actuación podrán figurar en los equipos de proyectos financiados en ejecución de los Proyectos de investigación clínica independiente de las convocatorias 2019, 2020 y 2021.