Ámbito: Nacionales
Tipo: Públicas
Área: Recursos Humanos
Entidad Financiadora: Agencia Estatal de Investigación
Resumen de la convocatoria
La Agencia Estatal de Investigación (AEI) convoca 494 ayudas con la finalidad de promover la incorporación de personal investigador, español y extranjero, con una trayectoria destacada, en centros de I+D españoles, con el fin de que adquieran las competencias y capacidades que les permitan obtener un puesto de carácter estable en un organismo de investigación del Sistema Español de Ciencia, Tecnología y de Innovación.
Se reservan 80 ayudas específicas dirigidas a la atracción de talento, para incentivar la incorporación de investigadores e investigadoras que lleven desarrollando su actividad profesional en el extranjero.
La duración de las ayudas, que será de cinco años, estará dividida en dos fases:
- La primera fase, que tendrá una duración mínima de tres años, esta fase tiene como objetivo afianzar las capacidades adquiridas durante una primera etapa previa de formación posdoctoral.
- La segunda fase tendrá una duración máxima de dos años. Se accederá a esta fase cuando la evaluación correspondiente a la actividad científico-técnica, que se realizará teniendo en cuenta los criterios para ser investigador/a R3 –investigador/a establecido/a- sea positiva. La persona investigadora podrá presentarse a esta evaluación a partir de la finalización del segundo año.
El presupuesto total de la convocatoria es de 132.346.140€, de los cuales cada una de las ayudas contará con:
- Durante la primera fase (hasta obtener el certificado R3) la ayuda anual para cada uno de los contratos será de 38.270€ (la retribución mínima a recibir por la persona contratada será de 36.000€ al año).
- Durante la segunda fase la ayuda anual para cada uno de los contratos será de 47.500€ (la retribución mínima a recibir por la persona contratada será de 42.500€ al año).
- Ayuda adicional de 50.000€ para cubrir gastos directamente relacionados con la actividad investigadora.
- En el caso de la atracción de talento, la ayuda adicional se incrementa hasta los 100.000€.
Requisitos
Requisitos del personal solicitante:
Podrán ser solicitantes y beneficiarias de las ayudas los siguientes Centros de I+D, siempre que cuenten con personalidad jurídica propia, estén estén válidamente constituidos y tengan residencia fiscal o establecimiento permanente en España:
- Organismos Públicos de Investigación.
- Universidades públicas, sus institutos universitarios y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+i.
- Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro, vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud, que desarrollen actividades de I+D+i.
- Institutos de investigación sanitaria acreditados.
- Centros Tecnológicos de ámbito estatal y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal.
- Otros centros públicos de I+D+i, con personalidad jurídica propia, que en sus estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social, tengan la I+D+i como actividad principal.
- Centros privados de I+D+i, sin ánimo de lucro y con personalidad jurídica propia, que tengan definida en sus estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social a la I+D+i como actividad principal.
- Centros públicos de investigación agraria o alimentaria dependientes de las Comunidades Autónomas integrados en el sistema INIA (CSIC)-CCAA y otros órganos análogos que desarrollen actividades de I+D+I.
Las entidades beneficiarias deberán comprometerse a la creación de un puesto de trabajo de carácter permanente con un perfil adecuado a las plazas cubiertas.
A los efectos de esta convocatoria, se consideran puestos de carácter permanente aquellos que responden a una relación funcionarial o laboral, de carácter indefinido o fijo, y con jornada a tiempo completo. Para las entidades del sector público estatal o autonómico, solo se considerarán válidos los puestos de trabajo ocupados por funcionarios de carrera y de personal laboral, creados en virtud de las respectivas ofertas anuales de empleo público, regulados en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
No se consideran de carácter permanente aquellos puestos que, aun siendo indefinidos, estén vinculados a financiación externa o procedente de convocatorias de ayudas públicas ni los contratos fijos-discontinuos.
El incumplimiento de la obligación de creación del puesto de trabajo de carácter permanente, dará lugar a la devolución de la ayuda correspondiente a la quinta anualidad.
Requisitos de los candidatos:
Las personas candidatas deberán reunir los siguientes requisitos:
- Estar en posesión del grado de doctor.
- Para las personas candidatas al turno de acceso general la fecha de obtención del grado de Doctor debe estar comprendida entre el 1 de enero de 2015 y el 31 de diciembre de 2023. La fecha para el límite inferior de 1 de enero de 2014 podrá ampliarse cuando entre la fecha de obtención del grado de doctor y la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes hayan incurrido en parones de la actividad investigadora debidamente justificados. En el caso de las personas candidatas al turno de personas con discapacidad, la fecha de obtención del grado de doctor debe estar comprendida entre el día 1 de enero de 2012 y el día 31 de diciembre de 2023, pudiendo aplicarse también las ampliaciones por parones justificados de la actividad investigadora.
- Para las personas candidatas que, dentro del turno general, soliciten la ayuda para la atracción de talento, deberán haber tenido ininterrumpidamente un vínculo profesional en su etapa postdoctoral con organismos de investigación extranjeros desde, al menos, el 1 de enero de 2023 y hasta la fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes. En el caso de personas que hayan estado vinculadas a más de un organismo de investigación extranjero, se permitirá que haya habido periodos sin vinculación, con un total máximo acumulado de 90 días o de 3 meses consecutivos.
- No haber sido beneficiaria de una ayuda de las convocatorias anteriores de la actuación Ramón y Cajal.
- No ser beneficiaria de las Ayudas Juan de la Cierva-Formación o de las Ayudas Juan de la Cierva- Incorporación, a excepción de aquellas que la hayan disfrutado durante al menos un año (este periodo se contabilizará desde la fecha de incorporación efectiva al Centro de I+D hasta el uno de junio de 2026, excluyéndose de esa contabilidad las suspensiones de contrato).
- No presentar mas de una solicitud a la presente convocatoria 2025 de ayudas Ramón y Cajal.
- En el caso de haber sido solicitante en la convocatoria 2024 de ayudas Ramón y Cajal, haber obtenido su solicitud una puntuación igual o superior a 50 puntos.
Régimen de compatibilidades:
Los contratos financiados con cargo a las ayudas objeto de esta resolución serán incompatibles con la vigencia de cualquier otro contrato laboral por parte del personal contratado.
Las personas que sean contratadas al amparo de estas ayudas podrán prestar colaboraciones complementarias en tareas docentes, en su misma institución o en otras, por un máximo de 100 horas anuales, a petición propia y con la aprobación de su institución, respetando, en su caso, la normativa vigente de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas
Cómo se solicita
Contenido de las solicitudes de los Centros de I+D:
- Instancia de solicitud, donde se indicará el número máximo de contratos que se comprometen a ejecutar al amparo de esta actuación.
- Distribución por áreas temáticas del compromiso de contratos a cofinanciar (podrá encontrar el listado de áreas temáticas en el Anexo II de la Resolución de la Convocatoria).
Contenido de las solicitudes de las personas candidatas:
- Instancia de solicitud.
- CVA de la persona candidata.
- Memoria de la trayectoria investigadora de la persona solicitante.
- Copia del pasaporte en vigor (únicamente en el caso de personas extranjeras no residentes en territorio español).
- Copia del título de doctor o de la certificación académica, donde figure indicación expresa de la fecha en la que se obtuvo el grado de doctor (únicamente en el caso de que la persona candidata haya obtenido el título de doctor en una universidad extranjera).
Encontrará todos los modelos y la información necesaria para la realización de la solicitud en el apartado documentación a presentar.
Presentación de solicitudes:
Las solicitudes de participación serán presentadas por los centros de I+D y las personas candidatas, respectivamente, a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la Sede Electrónica de la Secretaría de Estado de I+D+i: